Milei contra Ian Moche: ¿Puede un presidente tener una “cara privada” y otra “pública” al mismo tiempo?

En una causa por un posteo contra un niño con autismo, el presidente Javier Milei se defiende con un argumento que levanto polémica: sus redes sociales no lo representan como mandatario. Un debate legal sobre los límites del poder y la palabra en la era digital.

El ejercicio del poder en la era digital ha desdibujado la línea entre lo público y lo privado, una dicotomía que se ha vuelto el centro de una controversia legal de alto impacto. El presidente Javier Milei, conocido por su activa presencia en redes sociales, ha presentado una defensa judicial que resuena con una pregunta central: ¿Puede un jefe de Estado separar su persona de su investidura cuando se expresa en plataformas públicas? Los argumentos de la “doble personalidad” presentados en el caso de Ian Moche, un niño con autismo, no solo plantean un debate legal sobre la libertad de expresión, sino que también ponen a prueba la coherencia de un poder que se construye tanto en los actos de gobierno como en los caracteres de un posteo.

 

La causa judicial, iniciada por la familia de Ian Moche, ha puesto al presidente en una encrucijada legal. El conflicto se originó a raíz de un posteo en la cuenta de Milei en la red social X, que la familia de Moche consideró un agravio público. En respuesta, el mandatario presentó un escrito de defensa que ha generado un fuerte debate. En su argumentación, Milei sostiene que sus cuentas en redes sociales son de carácter “personal”, desligándolas de su rol como jefe de Estado. Apela al derecho a la libertad de expresión para defender el posteo, argumentando que no se trató de un acto administrativo ni de una acción de gobierno. Esta distinción, que busca separar la figura del presidente de la del ciudadano Javier Milei, ha sido el eje central de su defensa. Además, en el escrito se niega que el “reposteo” haya causado un daño irreparable al niño, sugiriendo que la denuncia carece de una base legal sólida y que, en cambio, obedece a motivos ideológicos y a la llamada “cultura de cancelación”.

No obstante, esta estrategia ya había sido cuestionada. El artículo judicial señala que el fiscal de la causa ya había desestimado el argumento de la “doble personalidad”, dictaminando que la cuenta de Milei en X sí lo representa como presidente de la Nación. Este precedente legal sugiere que, para la justicia, la influencia y la autoridad inherente a la investidura presidencial son indivisibles de la persona que la ejerce, sin importar el canal de comunicación. Este caso, por lo tanto, no es solo un litigio sobre un posteo en particular, sino que es una discusión sobre la responsabilidad de los líderes en la era digital. La defensa de Milei, que concluye afirmando que no actuó con “real malicia” sino con “buena fe”, se enfrenta a la percepción de que la palabra de un presidente, aun en un espacio virtual, tiene un peso y unas consecuencias muy distintas a las de un ciudadano común.

La disputa legal en torno a la cuenta de redes sociales de un presidente obliga a una reflexión más profunda sobre las formas en que el poder se manifiesta en el siglo XXI. ¿Puede un líder político, una vez en el cargo, despojarse de su autoridad en un espacio público como una red social? ¿Existen realmente límites entre la persona y el cargo cuando la influencia de uno potencia la voz del otro? Este caso no solo sentará un precedente judicial, sino que también nos invita a cuestionar hasta dónde llegan las responsabilidades de quienes tienen en sus manos la palabra del poder.

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