Desde el 1 de noviembre, los residentes tributarios en la provincia de Buenos Aires que presentan su declaración jurada cada mes o están registrados en el Convenio Multilateral serán alcanzados por la retención.
Desde el 1 de noviembre, los residentes tributarios en la provincia de Buenos Aires que presentan su declaración jurada cada mes o están registrados en el Convenio Multilateral serán alcanzados por la retención.

Desde el 1 de noviembre, la retención de Ingresos Brutos (IIBB) para los contribuyentes que cobran con billeteras virtuales alcanzará a 700.000 bonaerenses, de acuerdo con estimaciones de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA).
El organismo informó que actualmente hay 2 millones de contribuyentes en Ingresos Brutos en territorio bonaerense, de los cuales 1,3 millón se adhirieron al Régimen Simplificado de Ingresos Brutos, el sistema que unifica en un solo pago el monotributo y el impuesto provincial y que no requiere la presentación de declaraciones juradas.
El mencionado universo no sufrirá ninguna modificación por lo que no se le aplicará una retención cuando cobren mediante billeteras.
En cambio, los 700.000 residentes tributarios restantes que sí presentan su declaración jurada cada mes o están registrados en el Convenio Multilateral serán alcanzados por la retención.
De esta manera, aquellos contribuyentes que reciben retenciones por Ingresos Brutos cuando cobran en sus cuentas bancarias (CBU) a través del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), también las recibirán cuando cobren en sus cuentas virtuales (CVU) a través del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA).
Esto significa que un comercio o un cuentapropista que paga Ingresos Brutos y le cobra a sus clientes con transferencias a una billetera, empezará a recibir retenciones del mismo modo en que ya lo hace si cobra con una cuenta de banco.
En caso de que se inscriba al Régimen Simplificado podrá quedar exento de la retención, para lo cual la persona física o jurídica debe tener domicilio fiscal en jurisdicción bonaerense, estar anotado en cualquier categoría del Monotributo y ser contribuyente de IIBB.
Las billeteras virtuales empezarán a ser alcanzadas son todas las que cuentan con clave virtual (CVU), como Mercado Pago, Personal Pay, Prex, Lemon, entre otras. Mientras que las que poseen cuentas con clave bancaria (CBU), como Cuenta DNI, Ualá o Naranja X ya están haciendo retenciones en sus cobros cuando corresponde.
Esta disposición del gobierno de la provincia de Buenos Aires podría generar que los comercios que pasen a ser alcanzados dejen de ofrecer la alternativa de pagar por medio de transferencias o agreguen un recargo en caso de optar por utilizar dicho medio de pago.
Al mismo tiempo, los contribuyentes tendrán una complicación adicional con esta medida para recibir dinero por otros conceptos que no sean venta de productos o servicios, ya que el sistema no distingue de manera precisa entre los cobros que ingresan.
De esta forma, es posible que se apliquen retenciones por cualquier otro ingreso de dinero en sus billeteras, incluso las transferencias de familiares o amigos.
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