Extensión de Beneficio: El Gobierno prorroga la jubilación anticipada por desempleo por un año

El Gobierno prorrogó por un año el régimen de jubilación anticipada por desempleo. El beneficio es para mujeres de 55 a 59 y varones de 60 a 64 años, con 30 años de aportes, y otorga un 80% del haber.

Jubilados

El Gobierno Nacional ha decidido extender por un año el plazo para acceder al régimen de jubilación anticipada por desempleo, una prestación social que estaba programada para finalizar este martes 30 de septiembre. La medida busca dar continuidad a un beneficio clave para los trabajadores que han quedado sin empleo en los últimos años y que se encuentran cerca de alcanzar la edad mínima de retiro.

Fuentes del Ministerio de Capital Humano confirmaron la decisión, señalando que la extensión se aplicará por el término de un año. Aunque la nueva normativa aún no ha sido publicada, el anuncio garantiza que los trabajadores que cumplen con los requisitos podrán seguir solicitando la prestación.

Quiénes pueden acceder al beneficio

La “prestación anticipada por desempleo” fue creada en septiembre de 2021 y prorrogada en 2023. El régimen está dirigido a un grupo específico de personas que cumplen tres condiciones esenciales:

  1. Edad cercana al retiro: mujeres de entre 55 y 59 años y varones de entre 60 y 64 años.

  2. Aportes completos: haber acumulado un mínimo de 30 años de aportes al sistema previsional.

  3. Situación laboral: acreditar la condición de desempleo desde una fecha determinada (en el régimen actual, desde el 30 de junio de 2023).

Es importante destacar que el requisito de no tener empleo se extiende durante todo el período del cobro de la prestación. El beneficiario que consiga un empleo formal o se registre como monotributista o autónomo dejará de percibir la ayuda. Además, el cobro es incompatible con la percepción de planes sociales, pensiones no contributivas o cualquier otro tipo de jubilación.

Montos y condiciones de la prestación

El monto que se percibe por la jubilación anticipada equivale al 80% del haber que se determina para cada persona, en función de su trayectoria laboral. Una vez que el beneficiario cumple la edad jubilatoria ordinaria (60 años para mujeres, 65 para varones), el ingreso pasa a ser el 100% del monto total. El esquema garantiza que el beneficiario cobre, al menos, el haber mínimo.

Para calcular el haber inicial, se considera el monto promedio de las últimas 120 remuneraciones con aportes y se aplica un porcentaje que se multiplica por los años aportados. A ese resultado se le suma la Prestación Básica Universal (PBU), un valor fijo.

Un dato relevante es que, si bien los aportes deben ser “efectivos”, se admite que hayan sido conseguidos por moratoria, siempre que los pagos para saldarla se hayan concretado hasta el 30 de junio de 2023. Sin embargo, para este beneficio no está habilitada la compra de aportes según el sistema de la Ley 27.705. Para solicitar el beneficio, el interesado debe consultar su historial laboral en la página de ANSES y solicitar un turno en una Unidad de Atención Integral (UDAI).

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