Las billeteras virtuales aplican retenciones de hasta el 5% por Ingresos Brutos

Las billeteras virtuales comenzaron a aplicar retenciones de hasta un 5% por Ingresos Brutos en octubre. La medida, que no afecta a todos los usuarios, busca ordenar el sistema, pero excluye a las acreditaciones por salarios y jubilaciones.

Billeteras virtuales
Foto NA

Verificación online: Quiénes son los contribuyentes alcanzados

Para que los usuarios puedan saber si sus acreditaciones están sujetas a este nuevo sistema, la autoridad fiscal ha dispuesto un procedimiento de verificación sencillo y completamente digital.

Los interesados deben:

  1. Acceder al sitio web oficial de la Comisión Arbitral (www.ca.gob.ar/sircupa).

  2. Ingresar el número de CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria) del titular de la cuenta.

  3. Consultar si la CUIT figura en el padrón actualizado de contribuyentes alcanzados.

Dado que el padrón fiscal se actualiza mensualmente, se recomienda realizar la consulta de manera periódica. Es importante destacar que si una cuenta tiene múltiples titulares y al menos uno de ellos aparece incluido en el padrón, la retención se aplicará sobre todos los depósitos que ingresen a la misma.

Excepciones: Movimientos y sectores fuera del alcance

La normativa vigente contempla diversas situaciones en las que la retención no debe aplicarse, incluso si el contribuyente forma parte del padrón. Estas exclusiones buscan proteger tanto a los individuos como a ciertos sectores específicos de la economía:

  • Ingresos exentos: quedan fuera las acreditaciones por sueldos, jubilaciones, pensiones, planes sociales, becas o el beneficio de la Tarjeta Alimentar.

  • Movimientos internos: las transferencias realizadas entre cuentas que pertenezcan al mismo titular también están exentas.

  • Operaciones financieras: no se aplica retención a las devoluciones (reintegros de IVA, promociones), rescates de fondos comunes de inversión, o vencimientos de plazos fijos.

  • Sectores específicos: contribuyentes que realizan actividades ya exceptuadas del impuesto (como loterías, seguros o entidades financieras), o monotributistas inscriptos en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires, quedan fuera del régimen.

En resumen, la nueva reglamentación apunta a una mayor fiscalización de las transacciones digitales, pero aplica criterios de excepción claros para salvaguardar los ingresos no comerciales y las operaciones financieras habituales.

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