La abogada de Facundo Macarrón presentará un recurso de Casación ante el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba.
La abogada de Facundo Macarrón presentará un recurso de Casación ante el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba.

La familia de Nora Dalmasso apelará el sobreseimiento por prescripción de Roberto Bárzola por el crimen de la empresaria cometido en el country Villa Golf de la ciudad cordobesa de Río Cuarto.
Mariángeles Musssoloni, la abogada de Facundo Macarrón, dialogó con la agencia Noticias Argentinas y afirmó que presentará un recurso de Casación ante el Tribunal Superior de Justicia local.
“El tribunal le quitó a la familia y a la sociedad la posibilidad del juicio por la verdad en una causa donde hay alto caudal probatorio, por lo que vamos a recurrir esta situación en el Tribunal Superior de Justicia de la provincia”, sostuvo Mariángeles Mussolini.
Según la letrada, “no se tomaron en cuenta” los argumentos presentados por los particulares damnificados, sino que fueron “totalmente ignorados”: “La postura que adoptaron los jueces no está debidamente fundamentada ya que simplemente se adhirieron a un rigor formalista y no tuvieron en cuenta el caso institucional y jurídico que se vincula con esta investigación”.
Mussolini insistió que junto a sus asistidos “irá hasta las últimas instancias” porque, en el caso de que no prospere el recurso de Casación que radicará en el TSJ, concurrirá a la Corte Suprema y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
A su vez, la abogada sostuvo que “evalúa la posibilidad de iniciar un reclamo” para que se reconozca la verdad en una instancia civil.
La Cámara Criminal, Correccional y de Acusación de 2° Nominación de Río Cuarto confirmó el sobreseimiento total de Bárzola porque “desde la medianoche de la fecha de la comisión del hecho imputado al prevenido hasta la actualidad, han transcurrido casi 19 años. Es decir, un lapso superior al límite temporal que la ley sustantiva establece para la operatividad de la prescripción”.
En este sentido, el artículo 62, inciso 2, del Código Penal (CP) establece que el plazo máximo de prescripción para el delito atribuido al imputado Barzola es de 15 años.
Se suma además que se descartó que la “imposibilidad del esposo y el hijo de la víctima para instar la acción penal como querellantes porque habían sido imputados del crimen pueda suspender los plazos de prescripción”.
En base a estos fundamentos, el tribunal hizo lugar a la excepción de falta de acción deducida por la defensa del imputado Barzola y declaró extinguida, por prescripción, la acción penal en orden al delito de abuso sexual con acceso carnal seguido de muerte.
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