La Corte Suprema ratificó que los pagos en la causa Cuadernos son “coimas”, no aportes de campaña

La Corte Suprema rechazó recursos de empresarios (Loson, Dragonetti) que buscaban clasificar sus pagos como aportes de campaña. El fallo ratifica que las entregas son coimas (cohecho), obligando a los acusados a enfrentar el juicio oral por corrupción.

Los miembros de la Corte Suprema de Justicia. Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

El intento de evasión: De la coima a la "financiación política"

El reclamo legal buscaba replicar el éxito de otros empresarios, como Manuel Santos Uribelarrea y Hugo Eurnekian, cuyas causas sí fueron remitidas a la Justicia Electoral, lo que les permitió evitar el juicio oral por corrupción.

  • La negativa de la corte: el fallo, que lleva la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, se fundamentó en que las presentaciones de los empresarios (entre ellos Hugo Dragonetti, Jorge Mauricio Balán y Armando Loson) no se dirigían contra una sentencia definitiva. Esta es la misma respuesta que la Corte dio a más de una treintena de planteos similares desde que el juicio comenzó en noviembre.

La distinción entre delito y falta administrativa

La defensa de Armando Loson (titular de la firma Albanesi SA) había sostenido ante el TOF 7 (Tribunal Oral Federal N°7) que los pagos que reconoció haber efectuado se circunscribieron a campañas de 2013 y 2015, y que no implicaron un beneficio personal ni una ventaja para sus empresas.

  • El precedente clave: la Justicia Electoral había tomado el criterio de que aquellos empresarios que no tenían contratos de obra pública cuando hicieron los supuestos pagos y que declararon que el dinero fue para la campaña, podían ser juzgados en el fuero electoral. Este fue el caso de Hugo Eurnekian y Alejandro Ivanissevich.

  • El rechazo final: sin embargo, la Cámara de Casación rechazó los recursos de Dragonetti, Balán y Loson, y la Corte ratificó ese rechazo. El fallo subraya que, en el caso de los grandes contratistas de obra pública, la entrega de dinero es considerada cohecho (un delito penal), y no una mera falta administrativa (propia de la Justicia Electoral). La decisión asegura que los 87 imputados de la megacausa enfrenten el debate oral en Comodoro Py.

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