Argentina bloquea fondos vinculados a armas de destrucción masiva

La Unidad de Información Financiera ordenó el primer congelamiento administrativo de activos en Argentina por financiamiento de armas de destrucción masiva. La resolución de Paul Starc afecta a residentes tras detectar nexos internacionales y obliga a bancos a inmovilizar fondos.

La decisión se enmarca en un decreto reciente que fijó pautas para detectar operaciones sospechosas. Foto: NA.

La Unidad de Información Financiera (UIF) ordenó la inmovilización inmediata de activos pertenecientes a personas residentes en la Argentina, vinculadas presuntamente al financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. La resolución 3/2026, firmada por el presidente de la entidad, Paul Starc, constituye el primer antecedente en el país de una medida preventiva de esta naturaleza bajo el nuevo marco normativo.

El operativo comenzó tras la recepción de inteligencia financiera desde el exterior, la cual fue cotejada con una investigación local. Estos datos permitieron reunir elementos suficientes para disponer el bloqueo administrativo antes de que los recursos fueran utilizados en circuitos delictivos internacionales. La acción se fundamenta en las facultades otorgadas por la Ley 27.739, que en marzo de 2024 incorporó este delito específico al Código Penal argentino.

Obligaciones para el sector financiero

La disposición establece que bancos, casas de cambio, remesadoras y proveedores de servicios de pago (PSP) deben ejecutar la prohibición total de movimientos sobre los bienes detectados. Esta orden abarca activos de cualquier tipo: desde dinero físico y cuentas bancarias hasta inmuebles y activos digitales (criptoactivos). Las entidades notificadas tienen la responsabilidad de informar sobre cualquier operación previa o posterior en un plazo máximo de 24 horas.

Un aspecto central del protocolo es el deber de reserva. Los sujetos obligados tienen prohibido alertar a los clientes sobre los antecedentes de la investigación. Al momento de ser consultados por los titulares de los activos, solo pueden informar que el bloqueo responde a lo dispuesto en la normativa vigente. En caso de incumplimiento, las entidades enfrentan multas económicas graves y la posible inhabilitación de sus directivos.

El contexto internacional del país

La Argentina adoptó este mecanismo en cumplimiento de los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

Estos organismos exigen a los Estados miembros aplicar sanciones financieras rápidas para impedir el desarrollo de armamento prohibido. Según comunicó la Oficina del Presidente, esta decisión ubica a la jurisdicción local entre las pocas en el mundo que ya han implementado estas herramientas administrativas.

La vigencia de la medida se encuentra atada a la permanencia de los involucrados en las listas internacionales de sancionados. No obstante, los afectados mantienen el derecho de acudir a la justicia federal para solicitar el descongelamiento de bienes, siempre que demuestren la inexistencia de vínculos con los hechos investigados.

Este paso administrativo unifica las políticas de persecución de finanzas ilícitas con la seguridad nacional. Con la ejecución de este primer caso, el sistema de prevención local pone a prueba su capacidad de respuesta ante amenazas globales que exceden el lavado de activos tradicional.

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