El Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos del Decreto 1469 de 2025, el cual había fijado el salario mínimo en $1.750.905. Según la providencia, la administración del presidente Gustavo Petro desbordó sus facultades al omitir los parámetros de la Ley 278 de 1996.
Los magistrados señalaron que el incremento careció de una justificación económica verificable, al basarse en conceptos externos como el “salario vital” en lugar de la meta de inflación del Banco de la República.
La decisión judicial ordena a los ministerios de Trabajo, Hacienda y al Departamento Administrativo de la Presidencia la expedición de un decreto sustitutivo. Este nuevo ajuste tendrá carácter transitorio mientras el tribunal profiere una sentencia de fondo sobre la legalidad del aumento original.
Para la nueva cifra, el Ejecutivo deberá considerar el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Producto Interno Bruto (PIB) y la contribución de los salarios al ingreso nacional.
Impacto en costos y concertación
La suspensión ocurre tras un cierre de 2025 donde la inflación anual se situó en 5,2%. El incremento del 23,7% pretendía elevar el ingreso total a dos millones de pesos, incluyendo el subsidio de transporte de $249.095.
Sin embargo, diversos gremios económicos advirtieron que esta medida elevaba el costo mensual por trabajador a $2.864.324, sumando cargas prestacionales y seguridad social, lo que ponía en riesgo la estabilidad de las pequeñas empresas.
El ministro del Trabajo Antonio Sanguino anunció que convocará a una reunión de concertación de forma inmediata para estudiar el nuevo porcentaje. Por su parte, el ministro del Interior Armando Benedetti calificó la determinación como una medida de las élites. El Presidente de la República aseguró que respetará el fallo, pero insistió en que el salario vital es un derecho constitucional que el Gobierno defenderá.