Inocencia fiscal: por qué no es un blanqueo y cuáles son los riesgos

El tributarista Sebastián Domínguez advierte que el nuevo régimen simplificado de Ganancias carece del blindaje legal de las amnistías tradicionales.

ARCA. Foto: Mariano Fuchila.

En el complejo tablero tributario de 2026, una nueva figura ha despertado tanto interés como confusión: la “Inocencia Fiscal”. Sin embargo, para Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, es vital desmitificar la naturaleza de esta medida.

Según aclaró el especialista, no se trata de un blanqueo de capitales tradicional —como el de 2024—, sino ante un régimen simplificado de Ganancias que no ofrece inmunidad total.

“Esto no es un blanqueo. Un blanqueo es lo que tuvimos en 2024, donde hay una ley que dice que si uno cumple determinadas condiciones, se despreocupa. Esta ley no es un blanqueo”, enfatizó Domínguez. La distinción es técnica, pero sus consecuencias prácticas son profundas para quienes decidan exteriorizar ahorros.

La frágil “presunción de exactitud”

El sistema otorga a los inscriptos en Ganancias una “presunción de exactitud” en sus declaraciones. No obstante, Domínguez advierte que este beneficio es condicional: la protección puede desplomarse si el organismo recaudador detecta movimientos de fondos que no coinciden con la realidad del contribuyente.

Ante este escenario, el tributarista lanzó una advertencia concreta sobre la bancarización: “No recomendaría que deposite en su cuenta. La recomendación sería háganlo en destino, en la cuenta de quien le vende el bien, porque cualquier depósito bancario no justificado es una venta omitida”.

El ojo de la UIF y el factor político

Un error común entre los contribuyentes es creer que la adhesión al régimen relaja los controles de lavado de dinero. Domínguez subrayó que las normativas de la Unidad de Información Financiera (UIF) y las tareas de prevención en los bancos permanecen intactas.

  • Perfil del cliente: Los bancos siguen obligados a analizar si la actividad del cliente justifica el origen de los fondos.

  • Vigencia de controles: “La UIF por ahora no hizo nada y sigue vigente lo mismo”, añadió el experto, recordando que el decreto reglamentario es apenas un antecedente favorable, no una exención.

El futuro

Finalmente, el especialista advirtió sobre el riesgo político. Al no ser un perdón fiscal blindado por una ley de amnistía, los cambios de gobierno podrían reactivar auditorías sobre las operaciones actuales.

“Dentro de dos años tenemos elecciones. Puede la UIF decir ‘vamos a revisar si los bancos cumplieron con sus obligaciones’. Por eso, esto requiere un análisis cuidadoso de cada caso particular antes de exteriorizar los ahorros”, concluyó. En un año donde la transparencia fiscal es la consigna, la cautela parece ser la mejor herramienta del contribuyente.

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