ADEPA y FOPEA calificaron de censura fallo contra audios

Las principales asociaciones de periodistas de Argentina repudiaron la medida judicial que impide la difusión de grabaciones de Karina Milei, alertando por un “grave acto de censura previa” que pone en riesgo la libertad de prensa.

Karina Milei. Foto: NA

El lunes 1 de septiembre, un juez federal en lo civil y comercial dictó una medida cautelar que impide a medios nacionales y plataformas digitales emitir audios atribuidos a Karina Milei, hermana y una de las principales asesoras del presidente Javier Milei, que habrían sido grabados en su despacho en la Casa Rosada. Esta decisión judicial fue solicitada por el Gobierno bajo el argumento de proteger la intimidad de la funcionaria y la seguridad institucional, alegando que las grabaciones circulan de forma ilegal luego de ser obtenidas clandestinamente.

Los audios, difundidos inicialmente por un canal de streaming, forman parte de un escándalo que comenzó con revelaciones sobre una red de presuntas coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS). En ese contexto, se incluyeron denuncias contra funcionarios del equipo de Milei, con menciones de beneficiarios de sobornos entre dirigentes y allegados a la secretaría presidencial.

En paralelo a la medida judicial, el Ministerio de Seguridad presentó una denuncia penal para investigar un supuesto espionaje ilegal detrás de la filtración de las conversaciones, señalando, sin evidencias concluyentes, la posible participación de servicios de inteligencia extranjeros, específicamente de Rusia y Venezuela. Esta acusación fue negada enérgicamente por la embajada rusa en Argentina, que calificó la afirmación de infundada y falsa.

La prohibición judicial generó un rechazo unánime de organizaciones vinculadas al periodismo, como la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) y la Federación de Periodistas Argentinos (FOPEA), que calificaron la acción como censura previa y un atentado a la libertad de prensa. Destacaron además que la ley argentina establece que la responsabilidad por la difusión de información debe evaluarse tras la publicación, no impedirse anticipadamente, y advirtieron sobre el peligroso precedente que implica esta resolución para la democracia.

Además, el juez que firmó la medida, Alejandro Maraniello, enfrenta críticas debido a denuncias previas en su contra relacionadas con acoso laboral y sexual, lo que para varios sectores pone en duda la legitimidad y transparencia del fallo.

El caso alcanzó incertidumbre adicional cuando las grabaciones, protegidas por la medida en Argentina, fueron difundidas en Uruguay por un canal local, evidenciando las limitaciones territoriales de la orden judicial y el desafío de controlar la circulación de información en la era digital.

En el ámbito político, el Gobierno intentó contener el escándalo focalizando la atención en la supuesta amenaza externa y criminalizando a periodistas y medios que difundieron o hablaron sobre los audios, pidiendo además allanamientos a canales y domicilios de comunicadores involucrados.

El episodio abre un debate crucial sobre los límites entre la protección de la privacidad institucional y la garantía de libertad de prensa en el país, así como la transparencia en la gestión pública y el derecho de la ciudadanía a acceder a información relevante para el control del poder.

En medio de un clima político tensionado de cara a próximas elecciones, el caso continúa generando polémica y división, mientras la justicia debe definir los pasos a seguir en la investigación y el manejo de la información.

 

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