El dictamen de la fiscalía sobre la lista de La Libertad Avanza en Buenos Aires
La fiscal federal con competencia electoral en la provincia de Buenos Aires, Laura Roteta, emitió un dictamen este martes en el que sostiene que la actriz y vedette, Karen Reichardt, debe encabezar la lista de candidatos a diputados nacionales de la Alianza La Libertad Avanza (LLA) en ese distrito, tras la renuncia de José Luis Espert.
Esta decisión contradice la estrategia electoral del oficialismo, que proponía que Diego Santilli, tercer candidato en la lista original, fuera quien ascendiera al primer puesto.
Roteta fundamentó su postura en que las medidas de acción afirmativa, diseñadas para asegurar la representación política equitativa de las mujeres, no deben interpretarse de forma que perjudiquen a las personas a quienes buscan proteger.
En este sentido, considera que Reichardt debe avanzar del segundo al primer lugar, y que el resto de los candidatos deben correrse hacia arriba secuencialmente.
Controversia y argumentos contrapuestos
El oficialismo argumenta que, según el decreto 171/2019, en caso de renuncia u otra incapacidad de un candidato, debe ser reemplazado por la persona del mismo género que le sigue en la lista. Por eso exigen que Santilli ocupe el lugar número uno.
Sin embargo, la fiscal Roteta advierte que cumplir esa petición “implicaría desconocer que las disposiciones del artículo 164 del Código Nacional Electoral (CNE) y el decreto 171/19 son acciones afirmativas para revertir desigualdades estructurales en la participación política de las mujeres”.
Además, indica que una interpretación armónica de las normas impide aceptar la propuesta oficialista en este caso específico.
La fiscal cita un voto de 2019 del camarista electoral Alberto Dalla Vía, que alerta que la aplicación estricta de la sustitución por género sin considerar el contexto constitucional ni las particularidades de cada distrito ni caso puede ser injusta.
También recuerda un dictamen de 2024 de la Fiscalía Nacional Electoral que sostiene que estas acciones afirmativas no deben resultar en una regresión para los derechos que pretenden promover.