La CNE revocó el fallo del juez federal Ramos Padilla, que había dispuesto que Karen Reichardt reemplazara José Luis Espert por su posición en la lista.
La CNE revocó el fallo del juez federal Ramos Padilla, que había dispuesto que Karen Reichardt reemplazara José Luis Espert por su posición en la lista.

La Cámara Nacional Electoral (CNE) revocó unasentencia del juez federal Alejo Ramos Padilla, despejando el camino para la lista de diputados nacionales de La Libertad Avanza (LLA) en la provincia de Buenos Aires de cara a las elecciones del 26 de octubre.
El fallo del tribunal superior anuló la decisión que alteraba la nómina y reafirmó que los reemplazos de candidatos deben respetar el género de la persona saliente, en este caso, permitiendo la inclusión de Diego Santilli.
La disputa legal se centró en la renuncia del candidato original, José Luis Espert. El juez Ramos Padilla había dictaminado que, en virtud de una interpretación de la ley de paridad de género, la vacante masculina debía ser cubierta por la siguiente mujer en la lista, Karen Reichardt, alterando así el orden propuesto por la alianza oficialista.
En su pronunciamiento, la Cámara Nacional Electoral argumentó que el magistrado de primera instancia “se haya apartado injustificadamente de la norma aplicable”. Sostuvo que tanto la ley de paridad de género (27.412) como su decreto reglamentario son explícitos al indicar que “los reemplazos deben hacerse con personas del mismo género”.
Los jueces criticaron duramente la sentencia de Ramos Padilla, calificándola como una “interpretación subjetiva” que derivó en una declaración de inconstitucionalidad “sin fundamento suficiente”.
Además, el fallo de la Cámara señaló que el juez “desatendió la jurisprudencia del tribunal en casos análogos” y “tergiversó la aplicación de un precedente” que no correspondía a la elección de diputados.
A pesar de revertir una decisión que favorecía a una mujer, la Cámara Electoral destacó su rol como garante de la igualdad en la política.
El tribunal recordó su “rol activo en la tutela de la igualdad real de oportunidades entre mujeres y varones”, citando numerosos pronunciamientos anteriores que han sido clave para priorizar y proteger la participación política femenina.
No obstante, en esta ocasión, la correcta y estricta aplicación de la ley fue el criterio determinante para resolver la contienda.
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