La Unidad de Información Financiera (UIF) ordenó la inmovilización inmediata de activos pertenecientes a personas residentes en la Argentina, vinculadas presuntamente al financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. La resolución 3/2026, firmada por el presidente de la entidad, Paul Starc, constituye el primer antecedente en el país de una medida preventiva de esta naturaleza bajo el nuevo marco normativo.
El operativo comenzó tras la recepción de inteligencia financiera desde el exterior, la cual fue cotejada con una investigación local. Estos datos permitieron reunir elementos suficientes para disponer el bloqueo administrativo antes de que los recursos fueran utilizados en circuitos delictivos internacionales. La acción se fundamenta en las facultades otorgadas por la Ley 27.739, que en marzo de 2024 incorporó este delito específico al Código Penal argentino.
Obligaciones para el sector financiero
La disposición establece que bancos, casas de cambio, remesadoras y proveedores de servicios de pago (PSP) deben ejecutar la prohibición total de movimientos sobre los bienes detectados. Esta orden abarca activos de cualquier tipo: desde dinero físico y cuentas bancarias hasta inmuebles y activos digitales (criptoactivos). Las entidades notificadas tienen la responsabilidad de informar sobre cualquier operación previa o posterior en un plazo máximo de 24 horas.
Un aspecto central del protocolo es el deber de reserva. Los sujetos obligados tienen prohibido alertar a los clientes sobre los antecedentes de la investigación. Al momento de ser consultados por los titulares de los activos, solo pueden informar que el bloqueo responde a lo dispuesto en la normativa vigente. En caso de incumplimiento, las entidades enfrentan multas económicas graves y la posible inhabilitación de sus directivos.